Todo sobre el Impuesto de Circulación 2020

¿Sabes qué es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica  o más conocido como impuesto de circulación? Si tienes un coche, moto, tractor o cualquier tipo de vehículo,  probablemente sí. Pero ¿sabes si tienes que pagarlo, dónde pagarlo, cómo calcularlo? Aquí te muestro todo lo que tienes que saber sobre el Impuesto de Circulación.

¿Qué es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica?

Con sus siglas IVTM es un impuesto directo para aquellos vehículos de tracción mecánica que circulan por las ciudades y carreteras de España,  también conocido como impuesto de circulación.

¿Qué vehículos pagan el impuesto de circulación?

Vehículos que pagan impuesto de circulación

Prácticamente cualquier tipo de vehículo, que independientemente del diseño, la marca, naturaleza o tipo de coche, en su ficha técnica lo describa como un vehículo de tracción mecánica, está obligado a pagar el impuesto de circulación.

Si tienes un coche eléctrico, debes saber que también pagas este impuesto, no te dejes confundir por el  término “tracción mecánica”, ya que técnicamente dejaría fuera a este tipo de vehículos. Sin embargo debes tener en cuenta que esta tasa entró en vigor hace más de 30 años, manteniendo el nombre a través del tiempo, y a medida que han aparecido nuevos tipos de vehículos como el eléctrico, se han ido añadiendo a la lista de vehículos que pagan el impuesto de circulación.

En palabras sencillas, los vehículos que pagan impuesto de circulación son:

  • Coches a gasolina, petróleo, eléctricos, híbridos e híbridos enchufables.
  • Turismos
  • Furgonetas
  • Motos
  • Tractores
  • Autobuses
  • Caravanas
  • Camiones.

Cabe mencionar que en la mayoría de municipios se aplican descuentos de hasta el 70% a vehículos eléctricos, híbridos e híbridos enchufables.

Además, en algunos municipios ofrecen algunas bonificaciones y reducciones en el impuesto de circulación en circunstancias determinadas. Por ejemplo, en la ciudad de Madrid, aquellos coches que usan un carburante menos contaminante, se les hace una reducción bastante considerable en su tasa. Es por ello, que si estás pensando en comprarte un coche, deberías tener en cuenta estas cualidades.

¿Qué vehículos están exentos de pagar el impuesto de circulación?

Vehículo de colección

Existen vehículos que por su finalidad están exentos de pagar este impuesto:

  • Los coches oficiales,  ya sean del estado, Comunidades Autónomas y otros vehículos especiales municipales como los de la policía local. Además todos aquellos vehículos diplomáticos o consulares, así como los de representación internacional.
  • Las ambulancias y otros coches destinados al transporte de enfermos.
  • Vehículos especiales para personas de movilidad reducida. Tanto si son ellos los titulares del coche en cuestión, como si el vehículo ha sido modificado para su uso.
  • Todos aquellos vehículos públicos con más de 9 plazas destinados al transporte de personas. Esto es, autobuses y microbuses públicos.
  • Tractores, remolques, semirremolques, y otros vehículos especiales destinados a la inspección agraria.
  • Vehículos de colección o clásicos, aun cuando en algunas ciudades no son gratuitos, pero si pagan un importe más bajo.

¿Quién paga el impuesto de circulación?

Quién paga el impuesto de circulación

Una de las mayores dudas que tienen las personas, es saber quién tiene que pagar. El impuesto de circulación debe ser abonado o pagado por el propietario oficial del vehículo, independientemente si es una persona natural o jurídica. Si no sabes a nombre de quién está, puedes verlo en el permiso de circulación. Es a esta persona a quién le llegará anualmente este impuesto de carácter municipal.

En el caso de compra – venta, es necesario que tanto el comprador como el vendedor conozcan los impuestos y gravámenes que deben pagar.

Puede resultar un tanto confuso de quién tiene que pagar el impuesto. En tal caso, será aquel que fuese titular el día 1 de enero del año de la venta, teniendo validez hasta el 31 de diciembre del mismo año. Por ejemplo, si compraste el vehículo el 6 de junio, el que tiene que pagar el impuesto de circulación es la persona que te lo vendió, así como  de entregar el justificante correspondiente, y es a partir de ese momento que se notificará el cambio de titular en la Jefatura de Tráfico y así quedará libre con respecto a este gravamen.  

A partir del 1 de enero del año siguiente estará bajo tu responsabilidad el pago de dicho impuesto.

¿Dónde y cuándo  pagar el impuesto de circulación?

En cuanto al pago, existen tres formas de pagar:

  • Directamente en el ayuntamiento de tu localidad.
  • Domiciliando el pago, es decir, que la carguen en tu cuenta bancaria una vez al año.
  • Abonando el pago en el banco de tu elección, a través de pago directo en los mismos o por transferencia online.

El cuándo pagarlo,  es un poco más complicado, porque cada ayuntamiento es distinto al otro, aunque generalmente suele abarcar del 1 de abril al 31 de mayo. Es importante que te acerques al ayuntamiento de tu ciudad para informarte mejor.

IVTM

¿En qué municipio es más barato el impuesto de circulación?

Como lo mencioné anteriormente el impuesto de circulación varía enormemente entre un municipio y otro. Incluso hay municipios que son como los paraísos de recaudar esté impuesto,  debido a que tienen un gran número de vehículos, tal es el caso del municipio Aguilar de Segarra, que registra casi 252 coches por persona, cobrando 10 veces menos que los grandes municipios.

Otro dato importante es que no existen restricciones provinciales en la matriculación de vehículos, por ende, los pequeños municipios negocian con empresas, como las de alquileres de coches, para pagar menos impuestos.

Así, las provincias más baratas son por lo general: Cáceres, Melilla, Ceuta, Soria, Jaén, Badajoz, Pamplona, Zamora, Palencia y Pontevedra. Al contrario, las más caras son: Madrid, Barcelona y Valencia.

¿Cómo calcular el precio del impuesto de circulación?

Todos los ayuntamientos de España tienen su Reglamento sobre vehículos, en donde encontrarás todo la información. Sin embargo, para calcular el precio, se suelen tener en cuenta las siguientes características en función del vehículo:

  • Turismos: Potencia fiscal, tienes que ver los caballos fiscales, que resulta del cálculo entre la cilindra del motor y el número de cilindros.
  • Autobuses y autocares: Comprueba el número de plazas disponibles, expresadas en la ficha técnica del vehículo.
  • Camiones, furgonetas, vehículos mixtos, auto caravanas, remolques y semirremolques: Tener en cuenta la masa máxima autoriza o MMA. Esta cifra menos la tara será la que determine la cuantía del impuesto de circulación.
  • Tractores y vehículos especiales: Al igual que los turismos, se basa  en la potencia fiscal.
  • Ciclomotores, motocicletas, motos, motocarros: Depende de los centímetros cúbicos de cilindra que estén expresados en la Tarjeta de Inspección Técnica.

Espero te haya sido de mucha utilidad este post. Y ya sabes, si tienes vehículo o piensas adquirir uno, toma en consideración todo lo que leíste aquí.

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