El año fiscal en España, es un dolor de cabeza para todos los contribuyentes, pero tù tranquilo que hoy te mencionaré todo lo que debes saber.
¿Qué es un año fiscal?
El año fiscal o ejercicio fiscal, corresponde a un lapso de doce (12) meses, en los que se observa el comportamiento jurídico-contable de una empresa, y se emiten los resultados en informes contables o financieros. Mediante estos informes se conoce, la condición de la empresa en cuanto a su utilidad, así como también, se obtiene la base para lo que va a ser el impuesto generado por su actividad.
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En el caso del Impuesto sobre la Renta, se debe esperar el cierre del año fiscal, para conocer el monto de lo devengado por la empresa (renta), y en base a esta cifra, se procederá al cálculo del impuesto respectivo.
En España, así como en el resto de los países latinoamericanos, el año fiscal, por lo general, coincide con el año natural; es decir, se inicia el primer día de enero y culmina el último día o día treinta y uno de diciembre del mismo año.
Aunque puede darse el caso, en el cual la empresa decida la fecha de inicio de su año fiscal, y puede ser distinta a la fecha de inicio del año natural. Esto puede hacerlo, con el fin de cuadrar las fechas de cancelación de impuestos con sus temporadas altas, de acuerdo a su actividad económica.
Independientemente de la fecha de inicio del año fiscal de la empresa, lo que sí debe respetar es el hecho de la duración del período, es decir, el año fiscal debe ser de doce (12) meses.
Deberes tributarios en el año fiscal
En cada ejercicio fiscal, se debe realizar una serie de pago de tributos, que de acuerdo a la naturaleza del contribuyente y del impuesto, será su frecuencia de pago.
Los compromisos fiscales más comunes, a los que los contribuyentes deben responder son:
- El IVA
- Las retenciones de Impuesto sobre la Renta a personas físicas
- El impuesto de sociedades
¿Cuándo se realizan los pagos de los impuestos?
El calendario fiscal, es el conjunto de fechas, designadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para el cumplimiento de los deberes tributarios por parte de los contribuyentes.
Es decir, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en su carácter de ente regulador de la materia tributaria, establece, las fechas de declaración y pago de impuesto, en consonancia con la naturaleza del tributo y de la actividad económica desarrollada por el contribuyente.
Un ejemplo de esto puede ser, el impuesto de sociedades. El impuesto de sociedades se declara al año siguiente del año fiscal, mientras que el IVA y las retenciones del impuesto sobre la renta, se realiza de forma trimestral, dentro del mismo ejercicio fiscal, exceptuando la declaración correspondiente al último trimestre del año.
Esta excepción se debe a que, el IVA y la declaración de las retenciones del impuesto sobre la renta, se realizan dentro de los veinte (20) días siguientes a cada trimestre; al llegar el cuarto trimestre, culminan los doce (12) meses del año fiscal, por lo que la declaración se hace en los veinte (20) días del primer mes del año fiscal siguiente.
¿Qué es el impuesto sobre las sociedades?
El impuesto sobre sociedades, es un tipo de tributo que se aplica a la utilidad generada por las personas jurídicas. La Ley 27/2014 de fecha veintisiete de noviembre, regula su aplicación. El porcentaje a aplicar varía de acuerdo al tipo de sociedad, pudiendo ser de 10%, 15%, 20%, 30% y en salvados caso hasta un 1%.
En España, existe diferencia en la aplicación del impuesto sobre sociedades para empresas nacionales y extranjeras. En el caso de las nacionales, deben pagar impuestos sobre su renta y utilidad a nivel mundial, mientras que las extranjeras pagarán sólo por la renta producida dentro de España.
Información contable de los contribuyentes
A lo largo del año fiscal, los contribuyentes asumen una cantidad de compromisos fiscales, los cuales deberán estar acordes con la actividad económica que ejerzan.
Muchos de estos compromisos, tendrán que ser cumplidos con una frecuencia distinta entre ellos. Esto podemos verlo, en los casos de tributos como el impuesto sobre la renta o el IVA, en los cuales ambos poseen lapsos para su pago diferentes, (anual y trimestral, respectivamente).
Al llegar a este término, las empresas deben hacer un alto a sus actividades económicas, y proceder a realizar una serie de trámites exigidos por las autoridades competentes, para hacer el respectivo cierre del ejercicio fiscal, tanto a nivel legal como contable.
Al cierre del año fiscal, las empresas deben presentar su condición financiera, esto lo hacen mediante la emisión de los estados financieros. Entre los más relevantes figuran: estado de resultados (ganancias o pérdidas) y el balance general.
Las autoridades competentes dan un lapso de tres meses, posteriores a la culminación del ejercicio fiscal, para que las empresas preparen, presenten y publiquen los estados financieros.
Los casos en los cuales las empresas no han tenido actividad económica, de igual forma tienen la obligación de realizar su declaración, explicando al Fisco dicha situación.
Una vez realizado el cierre contable, y determinada la utilidad o ganancia de la empresa, se procederá a realizar los cálculos pertinentes para la cancelación del impuesto correspondiente.
Finalización formal del año fiscal
El cierre del año fiscal, consiste en el cumplimiento de los doce (12) meses del período de actividades. Y se debe realizar, cada año, cumpliendo los siguientes pasos:
Proceso contable: En este, se realiza el cierre contable de la empresa, emitiendo los estados financieros.
Proceso fiscal: El cierre fiscal se hace partiendo del cierre contable, ya que al resultado contable de la empresa (pérdida o ganancia), se le deben aplicar todas las deducciones o rebajas permitidas por el ente regulador.
Estas deducciones, se refieren a los incentivos que ofrece la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a las empresas que cumplan ciertas condiciones. Como un ejemplo de esto, podríamos mencionar al beneficio ofrecido a las empresas por contratar personal con alguna discapacidad.
Como ya mencionamos anteriormente, aunque es lo habitual, no es condición imprescindible que el año fiscal sea igual que el año natural. El año fiscal puede iniciarse con una fecha distinta, electa por las autoridades de la empresa, lo que si no es discutible es su duración. Tal como su nombre lo indica, es un año, es decir, 12 meses.
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