Te alegrará saber que existen algunos ingresos libres de impuestos, los cuales te presentaremos en este artículo.
Desconocer la naturaleza de estos ingresos puede llegar a generarte problemas y papeleo innecesario más adelante, así que es mejor que te informes lo antes posible.
Estos son los casos de, por ejemplo, pagar con tu tarjeta de crédito algún accidente, y luego pagarle al responsable para que liquide el daño.
Reembolsos por gastos médicos o viáticos para viajes de trabajo también suelen ser casos que pueden crear confusión.
A fin de cuentas, todos estos son ingresos que estás recibiendo, es dinero que se está moviendo en tu cuenta, y en teoría, deberías pagar impuestos por ellos.
Por supuesto, nada de eso tendría sentido, y es por eso que existen ciertas excepciones especiales para estos casos particulares.
Cabe mencionar que este artículo hablará explícitamente de los ingresos que están libres de impuestos en España. Recuerda que si vives en otro país, esto podría cambiar.
Aún así puedes utilizar este artículo como una guía aproximada. En México, por ejemplo, muchos de estos ingresos están libres de impuestos también, aunque no todos.
Ten en cuenta que Hacienda puede pedirte que documentes estos ingresos para demostrar que están libres de ingresos.
Por esto debes guardar, tanto tus declaraciones de impuestos por cinco años, como tus recibos sobre todos estos casos, en caso de que sea necesaria una comprobación.
Vamos a guiarnos por el Articulo 93 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LISR), en el que se mencionan todas y cada una de estas excepciones.
Ingresos recibidos por un tercero
Cuando el pago no lo realiza una entidad privada como forma de pago por algún servicio, sino que lo realiza un tercero, suelen ser ingresos que están libres de impuestos.
Ahora bien, ¿qué puede considerarse un tercero en estos casos? Existen 6 casos en los que se aplica esta norma, por los que haremos un breve repaso.
Para hacer de esta información más manejable, lo agruparemos en tres grupos de dos tipos cada uno: herencias o donativos, indemnizaciones o alimentos por parte de acreedores alimenticios y premios o regalías.
Para muchos de estos casos es recomendable que se guarda algún tipo de documento para comprobar la naturaleza de estos ingresos en caso de que Hacienda necesite realizar una comprobación.
Herencias o donativos.
Los casos en el que este tipo de excepciones aplica son las siguientes:
- Los que se reciben como herencia o legado.
En estos casos asegúrate de guardar el testamento en el que se te acreditan dichos bienes.
- Los demás donativos, aunque con un cierto límite: estos no pueden exceder el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente por tres en un año.
En estos casos es necesario guardar algún comprobante de la transferencia electrónica, contrato de donación o actas del Registro Civil.
Por indemnización o alimentos por parte de acreedores alimenticios.
Los casos en que este de excepciones aplica son los siguientes:
- La indemnización por daños (siempre y cuando no exceda el valor de mercado del bien).
Los documentos que pueden comprobar esto son: Recibo del monto pagado por el bien resarcido; presupuesto para la adquisición de ese bien; carta de aceptación y culpa de la persona que generó el daño.
- Los alimentos percibidos por parte de acreditadores alimenticios de acuerdo a la legislación civil aplicada..
El documento que la persona que recibe este tipo de pensiones es la determinada por la legislación civil del estado, comprobante de transferencia, estado de cuentas o recibos de entrega.
Por premios o regalías.
Los casos en que este de excepciones aplica son los siguientes:
- Los premios obtenido por concursos científicos, artísticos o literarios, tanto si es para el publico general como para un grupo especifico.
Los documentos necesarios para comprobar este tipo de donativos es el recibo del premio, el cual deberá otorgarle la institución que da el premio al ganador.
- Los que reciba un autor luego de que otra entidad publique y distribuya sus obras, ya sean literarias o musicales (regalías).
Es importante que el autor guarde un comprobante fiscal que acredite que recibe dichas regalías.
Venta de propiedades
Los casos de ingresos libres de impuestos por venta de propiedades son:
- Por la venta de la propiedad de un contribuyente.
- Por la enajenación de derechos parcelarios.
En estos dos casos el documento comprobante es una escritura pública.
Intereses por cuenta de ahorro
Los casos de ingresos libres de impuestos por intereses de cuentas de ahorro son:
- Los pagados por instituciones de crédito, es decir, bancos.
- Las pagados por Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y por Sociedades Financieras Populares.
En ambos casos el documento para comprobar esto es el estado de cuenta en el que se ingresan dichos beneficios.
Reembolso de aseguradoras
Los casos de ingresos libres de impuestos por reembolso de aseguradoras son:
- Las cantidades que pagan las instituciones de seguros a sus aseguradores o a sus beneficiarios cuando ocurra el riesgo amparado en las pólizas contratadas.
- Las cantidades que paga el asegurador cuando el riesgo amparado sea la supervisión del asegurado.
En cualquiera de estos casos los documentos comprobantes serian: comprobante de liquidación de reembolso, contrato de seguro, comprobante del pago de primas.
Programas de gobierno
Los casos de ingresos libres de impuestos por programas de gobierno son:
- Las prestaciones de seguridad social que otorguen las instituciones públicas.
En estos casos el contribuyente deberá guardar el recibo oficial emitido por la institución en caso de que sea necesario realizar una comprobación.
Ingresos del trabajador por cuestiones relacionadas al trabajo
Debido a que este es el tipo de exenciones más típicas, y las que seguramente más te interesan, resumiremos la información y la ordenaremos en dos grupos: cuando los ingresos están debidamente relacionados con el trabajo, y cuando están desligados.
Esto no significa que la empresa no deba pagar uno de ellos. Es solo otra manera que te mostramos de organizar la información para explicarla mejor.
Si crees que necesitas más información, y sobre todo si te encuentras con uno de estos casos, asegúrate de informarte por tu cuenta leyendo el artículo 93 de la LISR.
- Provenientes de Cajas de Ahorro de Trabajadores.
El documento comprobante en este caso es: el comprobante de cuenta emitido por la caja de ahorro.
- De Fondos de Ahorros establecidos por las empresas para sus trabajadores.
El documento comprobante en este caso es: el recibo de nomina.
- Viáticos erogados en servicio del patrón.
El documento comprobante en este caso es: un comprobante fiscal correspondiente o un recibo de nomina, como en el caso anterior.
- Gratificaciones pagadas por el patrón hasta un salario mínimo de la zona elevada a 30 días.
- Prima por vacaciones y reparto de utilidades.
- Prima dominical.
En estos tres casos el documento comprobante es: el recibo de nomina
- Primas de antigüedad, retiro o indemnización percibidos al momento de la separación del empleado, hasta por 90 veces el salario mínimo general vigente del área geográfica del contribuyente.
El documento comprobante en este caso es: el recibo entregado por el patrón
Ingresos del trabajador desligados de su trabajo
- Prestaciones distintas al salario.
El documento comprobante en este caso es: un recibo de nomina.
- El dinero que se le pague al trabajador para compensar riesgo de trabajo, alguna enfermedad o el periodo de maternidad.
El documento comprobante en este caso es: comprobante de quien realice la indemnización detallando el motivo de la misma.
- Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro.
El documento comprobante en este caso es: el recibo de cobro.
- Reembolsos de gastos médicos de cualquier tipo.
El documento comprobante en este caso es: el recibo de nomina.
- Subsidios por incapacidad.
El documento comprobante en este caso es: el recibo de nomina.
- Becas educacionales.
El documento comprobante en este caso es: el recibo de nomina.
Estos son solo algunos de los casos brevemente detallados. Si deseas más información, consulta el artículo 93 de la LRSP, en donde encontraras más detalles.
¿Ha sido útil para ti esta información? Déjanos tu opinión en el bloque de comentarios y no te olvides de sugerir mas temas de tu interés. Estaremos orgullosos en desarrollarlos para tí.
Talvez te pueda interesar: Nuevos impuestos que entrarán en vigencia en enero 2020