Calendario fiscal para empresas

El calendario fiscal está conformado por las fechas autorizadas por el órgano rector en materia tributaria, para que los contribuyentes realicen su planificación y cumplan con sus compromisos fiscales.

Entre estas operaciones podemos mencionar: Realizar consultas, declaraciones, presentar documentación, concretar los pagos respectivos.

Lee también: Definición de Calendario Fiscal

A continuación, te señalamos las fechas y formularios a presentar por parte de las empresas, el próximo año 2020:

impuestos empresas
Impuestos empresas

Enero 20, 2020

  • Formulario 111: Mediante este realizan la declaración y presentan las retenciones. Se presenta de forma trimestral, pero para las grandes empresas la presentación es mensual.
  • Formulario 115: En éste se presentan las retenciones y percepciones provenientes de alquileres o subalquileres de inmuebles urbanos.

Deben presentarlo, todas aquellas empresas que cancelen arriendo por algún inmueble en la ciudad, pudiendo ser, un local o establecimiento comercial.

La frecuencia de este formulario es trimestral, y su presentación se realiza dentro de los primeros veinte (20) del mes siguiente al culminar el trimestre que genera el impuesto. 

Enero 30, 2020

Los formularios 111 y 115 son modelos mensuales y trimestrales, pero tienen también una presentación anual. En el caso del formulario 115, su modelo anual es el 180, que es el correspondiente al resumen de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos de arrendamientos, y éste debe coincidir y cuadrar con los modelos presentados en cada trimestre.

  • Formulario 303: Este modelo es el usado para la liquidación del impuesto al valor añadido (IVA).

La declaración del IVA, tanto del cobrado como del pagado, se realiza con este modelo. Todas aquellas empresas que realicen cualquier actividad comercial y cobre o pague IVA, debe realizar la declaración de dicho impuesto.

La presentación de este formulario va a depender del monto de su facturación, y se realizará de forma mensual o trimestral. Las empresas grandes deben presentar este modelo cada mes.

La presentación de este modelo se hace entre el primer día y el día veinte del mes siguiente al trimestre en el cual se genera el impuesto. En los casos en los cuales, el último día para el pago, resultase festivo o no laborable, la fecha se corre al día hábil siguiente.

  • Formulario 131: Este modelo es usado para realizar el pago de forma fraccionada del Impuesto Sobre la Renta de las personas físicas (IRPF). Se presenta de forma trimestral, entre el día 1 y veinte de cada primer mes de trimestre: abril, julio, octubre, enero.
  • El Formulario 130: Es una amortización que se va realizando al impuesto sobre la renta.  Se aplica para el pago fraccionado en trimestres. Las fechas de presentación serían, desde el día 01 hasta el 20 del primer mes de cada trimestre. 
  • Formulario 390: En este modelo se presenta un compilado de todas las actividades que generaron impuesto al valor añadido durante todo un año.

El formulario 390

empresas asesores contables
Asesores contables

Se reúnen los modelos 303 presentados durante todo el año, inclusive el del último trimestre del año el cual se presenta junto al modelo 390, en el mes de enero.

  • Modelo 349: Mediante esta declaración, se recopilan todas las transacciones intracomunitarias. Su presentación puede realizarse una vez al mes, cada tres meses o una vez al año.

Este modelo debe ser presentado, ante la Agencia Tributaria, por todas aquellas empresas que mantengan relaciones comerciales con terceros de algún país que pertenezca a la Unión Europea.  

Algunas de las transacciones intracomunitarias que se deben declarar en el modelo 349, son:

  • Operación de compra o venta de un bien o servicio, que esté sujeto a las normas de impuesto al valor añadido intracomunitario o transfronterizo, a otro país integrante de la Unión Europea.
  • Y todas aquellas transacciones que estén contempladas en la Ley del Impuesto al Valor Añadido (IVA) en su artículo 79.

Como ya mencionamos la presentación puede ser mensual, trimestral o anual.

Si se opta por la presentación del modelo 349, de forma trimestral, las fechas correspondientes serían del 01 al 20 de cada mes inicial de trimestre (enero, abril, julio y octubre).

Si se opta por la presentación mensual, la fecha de presentación sería del primer día al día veinte del mes siguiente al mes en el que se realizan las transacciones.

Y si se opta por realizar la presentación anual, debe realizar entre los primeros 30 días del mes de enero del año siguiente.

  • Formulario 190: En este se realiza una recopilación del modelo 111, presentado trimestralmente.

Enero 31, 2020

El formulario 190, tiene dos plazos diferentes para su presentación según sea su formato:

En el caso de formato impreso, la presentación debe realizarse dentro de los veinte (20) primeros días del mes de enero del año siguiente, al año en el cual se realizaron las transacciones que causaron el impuesto y sus respectivas retenciones.

En el caso de que dicho formato impreso haya sido mediante la plataforma tecnológica de la Agencia Tributaria, la presentación deberá realizarse entre el primero de enero y el 31 de enero de cada año.

  • Formulario 180: Es un modelo informativo, que recoge las retenciones que se han efectuado por arrendamiento de oficina o local, y que ha sido presentada de forma trimestral mediante el formulario 115.

Con una frecuencia trimestral, las empresas deberán presentar ante la Agencia Tributaria, en caso de tener local u oficina arrendada, el modelo 115 en donde se reflejan las retenciones.

El formulario 115

Se presenta cada trimestre, y con el formulario 180 se notifican las retenciones que se realizaron durante el año.

Al igual que el formulario 190, el formulario 180, tiene dos plazos para su presentación, los cuales son: 

  • Entre los veinte (20) primeros días del mes de enero
  • Hasta el 31 de enero, en caso de que el modelo sea obtenido mediante la plataforma tecnológica de la Agencia Tributaria

Y tal como hemos mencionado en los modelos anteriores, si el último día para el pago coincide con un día de fiesta o no laborable, se extiende el plazo hasta el siguiente día hábil.

  • Modelo 347: Es de carácter informativo, por lo que no implica un compromiso de pago. En este modelo se declaran todas aquellas operaciones con terceros, -proveedores, clientes, compradores-, realizadas en el año anterior y que superen los 3.005,06 €; este monto incluye el impuesto al valor añadido (IVA).

Este modelo debe ser presentado siempre y cuando el contribuyente, por su actividad comercial, haya mantenido relaciones comerciales, durante un año, con terceros por un monto mayor a los 3.005,06 €. 

  • Formulario 184: Este modelo es de carácter informativo, por lo que no implica ninguna obligación de pago, y debe ser presentado por los entes que se encuentren en sistema de atribución de rentas.

Abril 20, 2020

  • Formulario 303, 115, 130 y 309: Este modelo es el usado para dar entrada al impuesto al valor añadido aplicado en las compras europeas minoristas, que correspondan según la actividad comercial.

Esto implica, para los contribuyentes con actividad comercial al por menor, la no presentación del modelo 303.

  • Formulario 202: En este modelo se realiza la declaración y el pago del Impuesto de sociedades o el impuesto sobre la renta de los no residentes. Son pagos parciales o fraccionados, que a posteriori, serán deducidos del monto total a pagar del correspondiente impuesto de sociedades.

Tiene tres (3) fechas para realizar el pago:

  • Abril: del primero (01) al veinte (20)
  • Octubre: del primero (01) al veinte (20)
  • Diciembre: del primero (01) al veinte (20)

La presentación de este modelo, se puede realizar a través de la plataforma electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

calendario fiscal para empresas
Calendario fiscal para empresas

Abril 30, 2020

Legalización de los libros de contabilidad: Posterior a los compromisos tributarios del primer trimestre, se debe realizar la legalización de los libros de contabilidad.

Existe otra serie de libros que, aunque son obligatorios, su presentación periódica no lo es. Sólo deben legalizarse al inicio de la actividad comercial de la empresa. Estos son: 

  • Libro de registro de socios, 
  • Libro de actas o libro de registro de acciones nominativas. 

El Código de Comercio en su artículo 25, señala que los libros contables de legalización obligatoria, son: 

  • Libro de inventarios y cuentas anuales 
  • Libro diario.

Para la presentación de los libros, existe una normativa de los Registros Mercantiles, que señala como plazo, un máximo de cuatro meses a posteriori del cierre del ejercicio fiscal, es decir, en caso de que el cierre fiscal coincidiera con la culminación del año natural, el empresario tendrá hasta el último día del mes de abril del siguiente año para realizar la presentación de sus libros contables.

Junio 30, 2020

Se debe realizar la Junta General Ordinaria, en donde se evaluará la gestión de los socios, aprobar o no los resultados contables del ejercicio anterior, y aplicar los correctivos.

Julio 20, 2020

  • F. 303 y 309
  • Los Formulario 111 y 115
  • Formulario 130 y 131
  • El formulario 202

Julio 25, 2020

  • Formulario 200

Julio 30, 2020

  • Depósito de las cuentas del plan de cuentas anuales.
calendario fiscal
Calendario fiscal empresas Impuestos

Octubre 20, 2020

  • Los formularios 303 y 309
  • Formulario 111 y 115
  • Tus formularios 130 y 131

Diciembre 20, 2020

  • El formulario 202

Diciembre 31, 2020

  • Cierre del año fiscal

Mantente al tanto de nuestras próximas publicaciones. 

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